Los consumidores continúan extendiendo su
papel protagonista y alzan su voz en un área (la salud) en la que hasta hace
poco tiempo sólo jugaban un papel secundario, a pesar de ser ellos los
principales protagonistas.
Cada día es mayor la demanda de
información sobre todo aquello que pueda repercutir en una mejoría de la salud
y de la calidad de vida de los pacientes y así, estos exigen su derecho a estar
informados sobre los avances científicos que se producen en este terreno y en
un mejor conocimiento de su enfermedad.
Mientras hablemos de “información” (no
confundirla con la “publicidad”) no debe alarmarse nadie. Otra cosa diferente
es, en efecto, la publicidad dirigida al consumidor tal como lleva años
realizándose en Estados Unidos, y que exige debates más amplios. Tanto Estados
Unidos como Nueva Zelanda, fueron los pioneros en admitir la publicidad de
medicamentos de prescripción en los medios generales dirigidos al público
(radio, televisión, prensa, etc.). En Estados Unidos, por ejemplo, la
comunicación directa al consumidor (DTC o direct to consumer) se inició en 1985
y en 1989 comenzó a incluir el nombre comercial de los productos en esos
mensajes publicitarios. Un salto cualitativo importante se dio en 1992 cuando
se incorporó la televisión a esos medios admitidos para la difusión de los
mensajes, dando lugar no obstante a una regulación de esas actividades por
parte de la Federal Drug Administration (FDA) en 1997.
Pero no debe confundirse nunca la
publicidad con la información. Respecto a esta última conviene recordar que un
paciente bien informado sobre su medicamento y sobre su enfermedad acudirá al
médico cuando lo necesite, en vez de recurrir a la automedicación (con sus
consiguientes riesgos para la salud); sabrá exponer mejor sus dolencias (con lo
que al médico le resultará más fácil establecer el diagnóstico apropiado);
entenderá mejor las explicaciones del médico (con lo que optimizará el siempre
corto tiempo de duración de la visita); aceptará mejor las recomendaciones del
médico (incrementándose el nivel de confianza médico-paciente); y finalmente
seguirá fielmente el tratamiento (reduciéndose así esa auténtica lacra
sanitaria y económica que supone el incumplimiento terapéutico).
La información al paciente reporta
indudables beneficios sanitarios, sociales y económicos, por lo que desde todas
las instancias debe favorecerse esta demanda, como ya lo están haciendo los
medios de comunicación, las organizaciones médicas, las asociaciones de
pacientes... Sin embargo apenas si se escucha la voz de los auténticos
protagonistas, de los que más saben de medicamentos: los laboratorios
farmacéuticos responsables de la investigación, el descubrimiento, el
desarrollo y la aplicación clínica de sus propios medicamentos.
Con demasiada frecuencia se confunden
publicidad e información, sobre todo cuando el emisor de la información es el
laboratorio propietario del medicamento. A los laboratorios les da miedo
infringir la ley sin darse cuenta que la mayor parte de las veces sus mensajes
“informativos” están generados desde marketing y por consiguiente tienen un
claro cariz publicitario. Por ello, la labor de los departamentos de
comunicación de los laboratorios, a cuya cabeza deben estar periodistas y
comunicadores especializados, resulta esencial. Cuando la voz de los
laboratorios no llega directamente al consumidor, se está privando al
consumidor de una fuente de información; precisamente de aquella fuente de
información que más sabe del producto. Porque ¿quién va a saber más de un
medicamento que quien lo ha descubierto, desarrollado, fabricado y
comercializado?
Una constante de los laboratorios farmacéuticos debería ser
la transparencia informativa y esta no es otra que comunicarse con la sociedad
de forma directa y bidireccional, es decir, en ambos sentidos: tanto desde el
laboratorio a los ciudadanos como de estos al creador de los medicamentos que
están utilizando o pueden utilizar. Además, no se debe olvidar que cualquier
ciudadano tiene derecho a saber qué actividades realiza, qué productos tiene,
cómo los fabrica, qué repercusión pueden tener dichos productos sobre la
persona y sobre el medio ambiente, qué contribución social realizan, qué
beneficios obtienen, cómo desarrollan su trabajo, etc. Los ciudadanos tienen
derecho a conocer todos estos extremos de cualquier empresa implantada en su
país; y, al mismo tiempo, no se debe privar a dichas empresas del derecho a
contar por propia iniciativa todas estas cosas a los ciudadanos, bien sea a
través de intermediarios como los medios de comunicación o directamente a
través de medios digitales o impresos puestos en marcha por dichas empresas.
La única condición que debe exigirse (y
para ello existen no sólo las medidas de autocontrol sino también medidas
externas de control) es que dicha información sea sólo eso: información.
No olvidemos que la publicidad es algo
que incita al consumo (esa es su razón de ser) y en el ámbito de la salud no se
debe incitar al consumo sino sólo a la utilización que sea necesaria y que es
el médico quien mejor puede
determinarla. Por el contrario, la información incita a la responsabilidad a
través del conocimiento, y si esto es beneficioso en todos los ámbitos más aún
lo es en el ámbito de la salud.
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