(AZprensa) Normalmente cuando la empresa concede un
“coche de empresa” a sus empleados, se espera que estos lo utilicen para todas
sus gestiones profesionales y por añadidura también a su vida privada como un
elemento más de motivación. Sin embargo, en algunas empresas donde la forma de
motivar y retribuir a sus empleados pretende ser líder en su sector, la
concesión del “coche de empresa” se queda casi exclusivamente como eso, algo
que se da al empleado como complemento del sueldo y que no tiene por qué usarlo
para las gestiones laborales sino sólo para su uso y disfrute personal. En
casos excepcionales pero reales como este, cuando el empleado tiene que
realizar gestiones de trabajo utiliza el taxi si el desplazamiento es en su
propia ciudad o el avión o tren si el desplazamiento es a otra ciudad. El coste
de los taxis, aviones o trenes, irá siempre con cargo a la empresa.
Pero este ejemplo puede traer también algunas
complicaciones, como sucedió una vez cuando a un ejecutivo no le dieron coche
de empresa mientras que a todos los demás de su mismo nivel sí se lo dieron.
¿Cuál fue la razón de esta discriminación? Muy sencilla: dicho ejecutivo no
tenía carnet de conducir.
Cada día tenía que acudir a la oficina en metro o en taxi
pagado de su bolsillo, mientras que sus compañeros acudían en el coche de empresa.
Cuando llegaba el fin de semana y tenía que desplazarse, tenía que pagarse de
su bolsillo el transporte, mientras que los compañeros disfrutaban del vehículo
gratuito que les había dado la empresa. Ante esta situación lógica, pero
discriminatoria, ese ejecutivo pidió a la empresa una compensación económica
con la que sufragar el coste de los taxis o cualquier otro medio de transporte
que tuviera que utilizar para estar en igualdad con sus compañeros. Las
negociaciones llevaron mucho tiempo por lo atípico del caso, pero hay que
reconocer que al final se le concedió lo que pedía y se le asignó una cantidad
fija de dinero al mes para equipararlo en beneficios a lo que recibían sus
compañeros.
Si excepcional es que una empresa que da “coche de
empresa” a los empleados, les pague a estos los taxis y los billetes de tren o
avión sin exigirles que utilicen el “coche de empresa”, igualmente excepcional
fue el tratamiento dado a este ejecutivo que tenía derecho a coche de empresa
pero no tenía carnet de conducir y por lo tanto no podía beneficiarse del coche
como sus compañeros.
Fuente: “El legado farmacéutico de Alfred Nobel”, de Vicente Fisac. Disponible en Amazon, en ediciones digital e impresa
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