(AZprensa)
Profesionales del sector sanitario se han reunido en el Colegio de Médicos de
Madrid para denunciar lo que consideran una “persecución" por parte de las
inspecciones de trabajo y de la Tesorería General de la Seguridad Social al
considerarles “falsos autónomos". La Administración encuentra que son
trabajadores por cuenta ajena los profesionales que están ejerciendo su
actividad de manera autónoma o por cuenta propia. Esta situación genera una
gran inseguridad jurídica; se enfrentan a largos y costosos procedimientos, que
pueden tener un impacto significativo en la decisión de ejercer la profesión de
forma independiente.
La
vulnerabilidad jurídica en la que ejercen los profesionales del sector
sanitario ha provocado incluso el cierre de numerosos centros y la reducción de
sus plantillas. E incluso algunas de estas empresas han tenido que pagar
cuantiosas sanciones de hasta un millón de euros debido a su liquidación o por
infracciones, tanto a empresas como a personas físicas, lo que ha supuesto el
embargo y la subasta de sus domicilios.
Juan
Chozas Pedrero (Auren Abogados) ha explicado la razón: “Ha aumentado mucho el
número de contratos en el sector, y eso a la Administración le parece anómalo,
contratos de autónomos o de autónomos dependientes. Y eso le llama la atención
a la Administración y por eso dirige ahí la inspección y después las actas y
las sanciones”.
Por
su parte, D. Javier Cerrolaza Aragón, director territorial y jefe de la
Inspección de Trabajo de la Comunidad de Madrid, ha reconocido que es muy
difícil establecer unos parámetros claros que clarifiquen cuándo estamos frente
a una relación laboral o mercantil por la complejidad propia de las empresas. En
su opinión, “la solución a esta situación pasa por crear una norma que encuadre
a este colectivo en una relación laboral especial o con una nueva figura creada
como trabajadores económicamente independientes”.
Fernando
Valdés-Hevia Temprano (Sagardoy Abogados), ha revelado alguno de los
“criterios” que utilizan estas inspecciones: “Nos encontramos con que los
tribunales superiores de justicia dictaminan cada caso en concreto por detalles
como, por ejemplo, si hay coordinación para las vacaciones entre los
trabajadores o si usa la bata blanca en la clínica. Cuestiones puntuales o
indicios que es lo que el tribunal al final valora”.
Luis
Cortés (Colegio de la Abogacía de Madrid) ha reflejado así la problemática:
“Con la última modificación de la legislación ya no es necesario hacer una
declaración previa de la existencia de la relación laboral. Ahora es el
inspector de trabajo con su propio criterio quien impone la liquidación de las
cuotas y la sanción correspondientes. Para una empresa de diez personas, el
acta de inspección puede alcanzar el medio millón de euros. Y lo peor es que
pueden darle la razón en los tribunales”.
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