(AZprensa)
Como muchas veces suele haber cierto confusionismo acerca de lo que son los
medicamentos genéricos, detallamos a continuación un glosario aclaratorio sobre
los términos más comunes relacionados con esta clase de medicamentos:
Medicamento Genérico.- Es todo medicamento que tenga la misma composición cualitativa y
cuantitativa en principios activos y la misma forma farmacéutica, y cuya
bioequivalenca con el medicamento de referencia haya sido demostrada por estudios
adecuados de biodisponibilidad. Se trata, pues, de un medicamento con las
mismas características cinéticas, dinámicas y técnicas que otro medicamento
cuya patente haya caducado.
EFG.- Significa “Equivalente Farmacéutico Genérico”. Los medicamentos genéricos debe designarse con la denominación oficial del principio activo, seguida del nombre del laboratorio que o comercializa. Además debe llevar las referidas siglas EFG.
Bioequivalencia.- Los estudios de bioequivalencia se realizan para demostrar que el medicamento genérico es equivalente e intercambiable con el medicamento innovador que han copiado, en términos de calidad, seguridad y eficacia terapéutica.
Precio de Referencia.- Es la cantidad máxima que las autoridades sanitarias están dispuestas a pagar por los medicamentos incluidos en cada uno de los grupos terapéuticos.
Conjunto.- Es la totalidad de las presentaciones de medicamentos
financiadas que tengan el mismo principio activo, y entre las que exista, al
menos, un medicamento genérico. El Precio de Referencia para cada conjunto será
el coste/tratamiento/día menor de las presentaciones de medicamentos de dicho
conjunto y para cada vía de administración, según la Dósis Diaria Definida
(DDD).
Sustitución
por el farmacéutico.- Cuando se
prescriba un medicamento que forme parte de un conjunto y que tenga un precio
superior al de referencia, el farmacéutico deberá sustituirlo por el de menor
precio e idéntica composición, cualitativa y cuantitativa en principios
activos, forma farmacéutica, vía de administración, dosificación y presentación
que el medicamento prescrito. En el caso de que la prescripción se efectúe por
principio activo sometido a Precio de Referencia, el farmacéutico dispensará el
medicamento de menor precio.
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