(AZprensa) Hace unas décadas la presencia de un abogado
en un laboratorio farmacéutico era inusual, como mucho, se les contrataba
puntualmente para algún caso aislado que surgiese; sin embargo desde hace unos
años, cada vez es más frecuente la presencia de abogados formando parte de la
plantilla de los laboratorios así como la contratación recurrente de servicios
jurídicos externos. Tanto es así que cada vez está más implantada tanto la
figura del abogado como la del “Compliance” que es una forma muy elegante de
llamar al que vigila a los empleados para que no cometan delitos.
Sin ir más lejos, diversas empresas dan cursos de “Compliance”
en cuyos programas se pueden leer cosas como estas: “modelo de prevención de
delitos… identificación de riesgos penales…. Cómo elaborar un mapa de riesgos
penales… autocontrol para prevenir, detectar y gestionar los riesgos asociados
al cumplimiento laboral… facultades de supervisión y control del empleador:
límites… conductas de cártel en el sector farmacéutico… contrato de doble
precio…
Y ante tan jugoso panorama, las empresas que prestan
servicios legales acuden como moscas a la miel y se anuncian diciendo que están
especializadas en “el diseño e implementación de programas de prevención de
delitos” y que ayudan a la empresa a velar por “el cumplimiento empresarial
(legal, buen gobierno, ético y fiscal)”.
Es decir, antes se daba a los laboratorios la presunción
de inocencia y se suponía que lo normal era que no cometiesen delitos; sin
embargo ahora, ellos mismos han apostado por gastarse un buen dinero en
contratar abogados internos y externos e implantar la figura del “Compliance”
para asegurarse que nadie en la empresa comete delitos y si los cometen, poder
anticiparse y preparar correctamente la defensa. ¿Hasta estos extremos hemos
llegado?
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