(AZprensa) El
Tribunal Superior de Justicia ha reconocido la incapacidad permanente total
para un ingeniero de telecomunicaciones a consecuencia del síndrome de hipersensibilidad electromagnética
que padece –según ha quedado acreditado- y que le impide trabajar en ambientes
que presentan contaminación electromagnética.
Según esta sentencia, que aún puede ser
recurrida, el citado trabajador podría trabajar en otras áreas pero no en
aquella en la que desarrollaba su labor como ingeniero de telecomunicaciones y
que le exigía estar en contacto permanente con ordenadores, en un entorno de
campos electromagnéticos, wifi, móviles, etc.
La exposición a estos campos
electromagnéticos –tal como ha acreditado un informe de un hospital
público- provoca en el trabajador síntomas característicos de electrosensibilidad
relacionados con el sistema nervioso (cefaleas, acúfenos, insomnio, cambios de
ánimo, nerviosismo, irritabilidad…) los cuales mejoran cuando el sujeto se
aleja de dichos entornos.
Así las cosas, el trabajador exigió la
incapacidad permanente para poder recibir la prestación correspondiente, a lo
que se negó el INSS ya que las evidencias científicas que apoyan estos
supuestos son aún muy escasas. Sin embargo ahora el TSJ le ha dado la razón
aunque aún cabe el recurso. De triunfar finalmente esta demanda, se
establecería jurisprudencia para sucesivos casos similares, quedando reconocido
el síndrome de electrosensibilidad como causa de incapacidad permanente, y por
lo tato con derecho a prestación económica.
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