Para redactar los prospectos de los medicamentos se siguen
las recomendaciones comunitarias. En primer lugar, la central del laboratorio
farmacéutico correspondiente emite una propuesta de prospecto cuyo texto está
en consonancia con la información contenida en la Ficha Técnica (documento
dirigido a los profesionales sanitarios), autorizada por las Autoridades
Sanitarias. Una vez recibida la propuesta de la central, los departamentos de
Registro y Médico los traducen al castellano, manteniendo el mayor grado
posible de inteligibilidad y adaptan su formato al recomendado en nuestro país,
amén de incluir alguna información adicional de acuerdo con los requisitos
nacionales como, por ejemplo, información acerca de determinados excipientes de
declaración obligatoria, y otros consejos de índole general, con objeto de
mantener al paciente lo mejor informado posible acerca del uso correcto del
medicamento.
Es evidente que cuanta más cultura tengan los ciudadanos ,
más interesados estarán en conocer las propiedades de toda índole de los
medicamentos que consumen y, por lo tanto, mayor será la preparación para
juzgar si la información que reciben a través del prospecto es lo
suficientemente exhaustiva como para comprender si los beneficios del
tratamiento superan los posibles riesgos, evaluación que en el caso de
medicamentos con receta, debe recaer en el médico, el cual debe informar sobre
estos aspectos al paciente.
De manera complementaria, el farmacéutico juega también un
papel fundamental a la hora de resolver cualquier duda que pueda surgir en la
interpretación de algún término o explicación del prospecto, contribuyendo de
manera eficaz a un buen uso del medicamento.
Con todo, se sigue echando en falta una redacción y una
utilización de términos médicos más comprensible por el ciudadano medio, el
cual lejos de comprender correctamente el significado de lo que dice el
prospecto se asusta ante la cantidad de efectos secundarios, reacciones
adversas, etc., que pueden aparecer con dicho medicamento, sin entrar a valorar
que cualquier incidencia de este tipo que se produzca –por muy infrecuente que
sea- es de obligado cumplimiento incluirla en dicho documento. De esta forma,
el prospecto sigue siendo más una herramienta defensiva que deja constancia
previa de los riesgos que asume el paciente que vaya a tomar dicho medicamento,
antes que un documento informativo para una perfecta comprensión de lo que el
paciente debe esperar del citado medicamento.
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